Ante reclamos, el Municipio informó que sólo paga servicios de sepelio “para indigentes”: qué dice la ordenanza

El Gobierno municipal mantiene cortado el servicio de sepelio que brindaba sin costo para familiares de fallecidos que carecen de los recursos suficientes para pagarlo tras decidir que sólo habrá asistencia “para indigentes”.

Al menos dos casos llegaron a La Opinión y dan cuenta de que la problemática comenzará a extenderse en la medida en que las familias no tengan alternativas posibles para costear ya no un velatorio sino el ataúd y la parcela en el cementerio, con el traslado correspondiente.

El viernes murió un hombre en su casa y este domingo falleció otro en el Hospital con la misma situación: sus allegados no tienen dinero para pagar el servicio de inhumación y les dijeron que no hay disponible para ellos servicio sin costo.

En ambos casos, hubo quienes se comunicaron con la Municipalidad, específicamente con el área de Desarrollo Humano, que es la que gestionaba esos servicios sin costo, y les informaron que “está cortado, aunque la versión oficial es que “no corresponde”.

La Municipalidad tiene un convenio con una casa velatoria local para velatorios y sepelios de personas con dificultades para pagar el servicio, es decir que asume el costo con recursos propios, puesto que rige una ordenanza que establecía la creación de “un local” para ello.

Consultado por La Opinión, el secretario de Desarrollo Humano, Walter Sánchez, informó: “La asistencia para sepelios es para personas indigentes, según lo dictamina ordenanza municipal”.

Lo que  no dicen en el Gobierno es que la situación económica actual que atraviesa el Estado local obligó a que ahora comiencen a mirar en detalle los términos de la ordenanza, a pesar de que durante muchos años tuvieron una práctica más flexible.

La ordenanza a la que refiere Walter Sánchez es de 1984 y establece un servicio de velatorio más atáud y traslado al cementerio del difunto “gratuitos y a cargo exclusivo del municipio“.

Es para personas fallecidas que carecen de recursos y que sus familiares y/o personas que hayan estado a cargo no dispongan de medios económicos para satisfacer los gastos“.

La ordenanza 3816 fue sancionada en 1984 con “espíritu de justicia y  solidaridad para con el prójimo necesitado”, según dice la normativa en su texto.

Para acceder, dice el artículo 4, bastará con “una simple solicitud suscripta por el familiar y/o persona que se hace  cargo del entierro del difunto”. Además, la Municipalidad debe poner a disposición un formulario “para facilitar el trámite a quienes deban cumplir en circunstancia tan especial y digna de toda consideración“.

La ordenanza no define el concepto de “indigente” ni las modalidades para certificar que las familias “no disponen de medios económicos para satisfacer los gastos”, aunque todo indica que no sería distinto que en otros casos de asistencia social.

Este domingo, cuando falleció un hombre de 78 años en el Hospital, su familia informó que carecía de los recursos  necesarios para velatorio y sepelio. Les indicaron que fueran al otro día a Servicios Sociales del nosocomio.

“Les dijeron que ellos se comunicaban con Desarrollo Humano para que les dieran el cajón y el entierro, pero ahora les dicen que por el momento no están dando nada, que está todo cortado“, informaron allegados a La Opinión.

El cuerpo todavía está en la morgue. La familia averiguó, pero eso vale un dinero que no tienen, no lo pueden pagar“, señalaron. Sin embargo, por lo que les informaron, no calificarían para lo que establece la ordnanza vigente.

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