Como con el cigarrillo, la Ciudad prohibirá el vapeo en los lugares cerrados
Si este jueves cuentan con los porotos que aseguran tener, un grupo de legisladores logrará hacer ley de la Ciudad de Buenos Aires un proyecto de “Regulación de productos emergentes de tabaco y/o nicotina”, que (tal como hizo Nación hace algunas semanas) pretende sacar de la prohibición que rigió hasta ahora y en cambio dar un marco normativo a la distribución, venta y consumo de cigarrillos electrónicos, vapeadores, productos de tabaco calentado y las tan cuestionadas bolsas de nicotina, en todo el radio porteño.
Hay dos puntos centrales alrededor de este proyecto con dictamen favorable impulsado por la legisladora porteña Graciela Ocaña, con la adhesión de otros dos miembros de su espacio (Confianza Pública), María Sol Méndez y Sebastián Nagata. El primero es una traslación casi idéntica (pero para el radio metropolitano) de lo que ya clarificó la normativa nacional del 30 de abril pasado sobre este mismo tema (la 549/2026), que toma como marco general la ley nacional del Tabaco de 2011 (26.687). Y es que, así como se habilita formalmente para la Ciudad el uso y consumo de vapeadores, cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina (siempre hablando de mayores de 18 años), también se hace explícita la prohibición de vapear en espacios cerrados.
El proyecto no lo dice explícitamente, pero establece que el régimen sancionatorio (es decir, qué se permite y qué no) regirá acorde a las leyes porteñas 451 y 1799. La última es la que importa: ya en su versión original de 2005, esa normativa dejaba claro que “se prohíbe fumar en todos los espacios cerrados con acceso público del ámbito público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Esos lugares estatales o privados por supuesto alcanzan a medios de transporte público, estaciones de subte, establecimientos educativos, centros de salud, centros culturales, espacios deportivos, museos, cines, teatros, restaurantes, bares o cualquier lugar cerrado de recreación, entre otros lugares abiertos al público general que no estén al aire libre.
Desde el área nacional de Salud explicaron que este tipo de normativas no precisan adhesión provincial. Sin embargo, en diálogo con Clarín, Ocaña destacó el valor de generar una ley propia, en la que además ella propone sumar un elemento adicional (por ahora, no incluido en el proyecto) que podría dar que hablar. Involucra el siempre sensible tema impositivo, ya que estos productos emergentes del tabaco o la nicotina no tienen -ni en CABA ni a nivel país- el impacto fiscal que sí le toca a la comercialización de cigarrillos.
“Lo que yo estoy proponiendo es que también en temas impositivos (los productos vinculados al cigarrillo electrónico y bolsas de nicotina), esto tenga el mismo tratamiento que la ley del Tabaco, que en la Ciudad paga ingresos brutos que rondan el 6%. Eso es lo que estamos discutiendo que se incluya en la ley”, adelantó.
Educación sobre vapeadores y bolsas de nicotina
Dividido en nueve capítulos desarrollados brevemente en ocho páginas (ya que se exige la reglamentación del Ejecutivo liderado por Jorge Macri en los 180 días siguientes a la sanción), el texto busca establecer un régimen de control, prevención y sanciones para estos productos, en línea con el nuevo marco regulatorio nacional, que en abril derogó la resolución con la que la ex ministra de Salud Carla Vizzotti había prohibido (en marzo de 2023) la venta y uso de cigarrillos electrónicos, así como el consumo de productos de tabaco calentado.
Dos aspectos relevantes que separan el aterrizaje porteño del texto promovido desde la cartera nacional -conducida por Mario Lugones- es que el segundo se concentra particularmente en las características de los productos que se pueden vender, con límites en los ingredientes, aditivos y sus cantidades. Por ejemplo, sólo están permitidos los aromas “tabaco”, salvo en las cuestionadas bolsas o pouches de nicotina, que también pueden venderse en modo “menta”.
Advierten que el cigarrillo electrónico no es inocuo. Foto Shutterstock.A la vez, el texto que tratará la Legislatura porteña pone un énfasis puntual en la prevención. Está expresamente dicho en el capítulo V sobre “medidas de prevención y concientización”. Los capítulos ahí incluidos tratan cuestiones a las que la autoridad de aplicación (el Ministerio de Salud porteño, conducido por Fernán Quiros) está obligada.
En concreto, se detalla la obligatoriedad de realizar acciones de “prevención en el ámbito escolar” y en pos de la “protección materno-infantil”, además de “campañas de información”, uno de los puntos más cuestionados desde las provincias al Ejecutivo nacional.
De hecho, es un tema diluido en el texto de Nación que habilitó el vapeo. Si bien la palabra “prevención” está mencionada algunas veces, no hay alusiones a “campañas”, más allá del encuadre en la ley nacional del Tabaco, que prevé esas estrategias sanitarias.
Pero el proyecto porteño busca ser más explícito. Deja asentado que “la Autoridad de Aplicación deberá realizar, como mínimo, una (1) campaña anual de información pública destinada a advertir sobre los riesgos y daños potenciales asociados al consumo de productos emergentes de tabaco y/o nicotina” y que “las campañas deberán difundir información basada en evidencia científica acerca de sus efectos en la salud, tales como enfermedades respiratorias, cardiovasculares y adictivas”.
Cigarrillo electrónico: cuestionamientos a la habilitación
Apenas Nación reglamentó el uso y comercialización de estos productos, distintas sociedades médicas y científicas emitieron comunicados criticando la decisión, en defensa de la prohibición. Cristina Borrajo, médica neumonóloga especialista en tabaquismo y ex presidenta de la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria (AAMR), compartió con Clarín su mirada y esas observaciones escritas, vía las cuales pidieron audiencias (por ahora, no otorgadas) al Ministerio de Salud de la Nación.
Uno de los pasajes fuertes remarca que “los productos de nicotina no son inocuos: producen dependencia, afectan el desarrollo cerebral adolescente, aumentan riesgos cardiovasculares, generan toxicidad fetal durante el embarazo, exponen a sustancias dañinas, provocan intoxicaciones accidentales y, en sus formas inhaladas, afectan las vías respiratorias y el pulmón. Además, normalizan nuevas formas de consumo que dificultan la cesación y favorecen la iniciación juvenil. La incertidumbre sobre sus efectos de largo plazo no justifica su liberalización comercial; por el contrario, refuerza la necesidad de aplicar el principio precautorio”.
Agregan que “la introducción comercial masiva de cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado y bolsas de nicotina puede aumentar en la población argentina la dependencia a la nicotina, favorecer el consumo dual o múltiple, desalentar el abandono completo del tabaco y crear nuevas generaciones de consumidores”.
Cuando dialogó con este medio, Borrajo fue muy clara respecto del impacto del cigarrillo electrónico en la población, incluyendo los famosos “pasivos” que están alrededor de la persona que vapea: “Así como durante el transcurso de los años vimos que eso que llaman vapor no es vapor sino un aerosol con montón de compuestos tóxicos -que dicen no tener, pero tienen-, el fumador, igual que con el cigarrillo, inhala y exhala las sustancias que quedan en el aire. Son partículas muy pequeñas que tardan mucho tiempo en depositarse en el suelo. Si hablamos de cantidades, es probable y posible que los cigarrillos electrónicos tengan cantidades menores de esos tóxicos que un cigarrillo convencional, pero no es que no pasa nada”.
“No es vapor de agua: es un aerosol con sustancias tóxicas y hay estudios que lo demuestran, más allá de que se genere la falsa idea de que no pasa nada porque el producto no tiene olor o porque se crea que es vapor”, enfatizó la médica, y cerró: “Además de que va a ser un negocio cuando surjan las industrias locales que fabriquen los dispositivos que ahora se importan, esto pasó a ser un problema de pediatría. Hoy se ven niños de 14 años, promedio, que se inician en el cigarrillo electrónico y las bolsas de nicotina, prohibidas en toda Europa, salvo en Suecia. Hay muchos trabajos que muestran que los niños y adolescentes que empiezan tan temprano a consumir, a los 12 o hasta 18 meses ya están cambiándose hacia el tabaco convencional. Hacen el cambio a cigarrillo”.



